| DESCRIPCION |
Unión mediante
contrato privado |
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| CAPITAL
SOCIAL |
No hay
mínimo |
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| NUMERO
DE SOCIOS |
Mínimo
2 socios |
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| RESPONSABILIDAD |
Ilimitada
personal y solidaria con todos sus bienes |
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| REGIMEN
FISCAL |
I.R.P.F
e I.V.A. |
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| SEGURIDAD
SOCIAL |
Autónomos |
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| ORGANO
RECTOR |
Reunión
Socios |
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| Requisitos |
Ser mayores de edad y tener libre disposición de bienes |
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| Ventajas |
- No se constituyen en escritura pública ni se
obligan a inscribir en Registro Mercantil
- No tienen demasiados trámites para
constitución
- No exigen capital mínimo
- Pagan según ganancias
- No recae en una sola persona el riesgo de crear
empresa
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| Desventajas |
- Responden con el patrimonio del negocio y con
el propio
- Carecen de personalidad jurídica (la sociedad
no es titular de derechos y obligaciones
- Pagan el I.A.E. cada uno de los socios o
comuneros
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| TRAMITES
DE CONSTITUCION |
- Obtención del N.I.F. presentando D.N.I de las
personas físicas en la Agencia Tributaria.
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Se paga el 1 % del capital aportado, en
documento 600, en 30 días hábiles desde el contrato privado de constitución
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| TRAMITES
DE PUESTA EN MARCHA |
- Solicitud de la tarjeta del CIF ( no en
autónomos) en modelo 036 o similar
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas,
modelo 845 o similar
- Declaración Censal en modelo 036 o similar
- Alta en el Régimen especial de autónomos de
la Seguridad Social y de otros trabajadores si los hubiere
- Comunicación de la Apertura del Centro de
Trabajo
- Adquisición y sellado del Libro de Visitas y
de Matrícula
- Solicitud de licencia de apertura, en su caso,
al Ayuntamiento
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