| DESCRIPCION |
Sociedad mercantil donde al menos
el 51% del capital pertenece a trabajadores |
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| CAPITAL
SOCIAL |
Mínimo 10 millones
y desembolso 25% |
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| NUMERO DE
SOCIOS |
Mínimo 4 (3
trabajadores socios) |
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| RESPONSABILIDAD |
Limitada al capital
aportado |
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| REGIMEN
FISCAL |
Impuesto Sociedades
e I.V.A. |
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| SEGURIDAD
SOCIAL |
Régimen General |
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| ORGANO
RECTOR |
- Junta General
- Consejo Administración
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| Requisitos |
- Escritura Pública de Constitución,
inscripción en Registro Mercantil y Registro de Sociedades Laborales.
- El Instituto Nacional de la Economía Social
regula estas sociedades y las competencias se han transmitido a las Comunidades Autónomas
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| Ventajas |
- Limita la responsabilidad al capital aportado
- Es obligatorio destinar anualmente un
porcentajes de los beneficios al Fondo de Reserva para garantizar el futuro
- Hay bonificaciones fiscales en la constitución
- Ayudas económicas en la contratación de
personal
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| Desventajas |
- Capital mínimo de constitución elevado
- No se pueden transmitir las acciones libremente
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| TRAMITES DE
CONSTITUCION |
- Certificación negativa del nombre igual que en
Sociedades Anónimas y Limitadas.
- Escritura de Constitución y de Estatutos
presentada en el Registro Central, Provincial o Local, según ámbito de la actividad, de
Cooperativas y S.A.L.
- Liquidación del I T P y A J D igual que en
casos anteriores
- Inscripción en el Registro Mercantil igual que
en casos anteriores
- Inscripción en el Registro de Sociedades
Anónimas Laborales
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| TRAMITES DE
PUESTA EN MARCHA |
- Solicitud de la tarjeta del CIF en modelo 036 o
similar
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas,
modelo 845 o similar
- Declaración Censal en modelo 036 o similar
- Adquisición y sellado de los libros de
contabilidad y de la sociedad
- Alta de la empresa en el Régimen especial de
autónomos o en regimen general de la Seguridad Social y alta trabajadores
- Comunicación de la Apertura del Centro de
Trabajo
- Adquisición y sellado del Libro de Visitas y
de Matrícula
- Solicitud de licencia de apertura, en su caso,
al Ayuntamiento
- Solicitud de las bonificaciones fiscales
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