| DESCRIPCION |
Sociedad no mercantil que asocia
personas con intereses comunes |
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| CAPITAL
SOCIAL |
No hay mínimo |
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| NUMERO DE
SOCIOS |
Mïnimo 5 en
cooperativas de primer grado y 2 en 2º grado o superior |
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| RESPONSABILIDAD |
Limitada al capital
aportado |
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| REGIMEN
FISCAL |
Impuesto Sociedades
e I.V.A. |
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| SEGURIDAD
SOCIAL |
Régimen General o
Autónomos |
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| ORGANO
RECTOR |
- Asamblea General
- Consejo Rector
- Interventor
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| Requisitos |
Escritura Pública
de constitución e inscripción en Registro de Cooperativas |
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| Ventajas |
- No necesitan capital mínimo
- Los socios se dan de alta o baja
voluntariamente
- Todos participan con los mismos derechos
- Su objetivo es el bien común de todos y no el
beneficio económico
- Tienen bonificaciones sociales
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| Desventajas |
Se necesita un
mínimo de personas para constituirse |
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| TRAMITES DE
CONSTITUCION |
- Certificación negativa del nombre solicitada
en el Registro Central de Cooperativas
- Solicitud de Calificación de la Cooperativa en
el Registro de Cooperativas
- Escritura de constitución y estatutos firmada
por todos los socios ante notario
- Liquidación del I T P y A J D igual que en
casos anteriores
- Inscripción en el Registro de Cooperativas
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| TRAMITES DE
PUESTA EN MARCHA |
- Solicitud de la tarjeta del CIF en modelo 036 o
similar
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas,
modelo 845 o similar
- Declaración Censal en modelo 036 o similar
- Adquisición y sellado de los libros de
contabilidad y de la sociedad
- Alta de la empresa en el Régimen especial de
autónomos o en regimen general de la Seguridad Social y alta trabajadores
- Comunicación de la Apertura del Centro de
Trabajo
- Adquisición y sellado del Libro de Visitas y
de Matrícula
- Solicitud de licencia de apertura, en su caso,
al Ayuntamiento
- Inscripción en el censo nacional de entidades
jurídicas
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